2 resultados para Facteurs de risque

em Universidad del Rosario, Colombia


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El objetivo de esta investigación es examinar desde una perspectiva ecológica la salud mental de los adolescentes desplazados por la violencia política en Colombia. Se tomó como base el modelo ecológico integrado del impacto del trauma de Elbedour, ten Bensel y Bastien (1993), que estipula la influencia combinada de diferentes niveles de factores unidos a la experiencia traumática, factores individuales y factores proximales que vienen de la familia, y de los factores sociales de la red social familiar. El estudio se realizó con 98 jóvenes en edades entre los 9 a 16 años (M= 12.5 años, dt= 2.18), habitantes de las afueras de Barranquilla, de los cuales 48 son desplazados por la violencia (26 de sexo masculino, 22 de sexo femenino) y 50 son sedentarios pobres (26 de sexo masculino, 24 de sexo femenino). Los cuestionarios se escogieron en función de su utilización en contextos de pobreza y/o violencia (Macksoud, 1992; Macksoud & Aber, 1996; Macksoud, Aber, Dyregrov & Raundalen, 1990). Los resultados muestran que los adolescentes desplazados son más deprimidos y ansiosos que sus pares sedentarios. La ansiedad está unida al número total de eventos traumáticos, mientras que la depresión se explica más bien por la separación de los padres. Las competencias sociales y el ambiente social actúan como factores protectores. Entre los factores del ambiente social se observa el hecho de vivir en una familia extensa y de inscribirse en una red social que incluye a los amigos de la familia.  En su conjunto, la familia y la preservación de su unidad aparecen como elementos cruciales.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no impugnó nunca el derecho de los Estados de expulsar extranjeros por distintas razones en la medida en que naturalmente un Estado parte del Convenio Europeo de Derechos Humanos sigue ejerciendo su soberanía en su territorio. No obstante, este derecho debe conciliarse con la obligación de los Estados partes del Convenio Europeo de Derechos Humanos de no exponer a los extranjeros y, en general, a las personas dependientes de su jurisdicción a riesgos de violación de las disposiciones del Convenio.Procurar que ningún derecho consagrado por el Convenio se viole con motivo de una expulsión es, sin embargo, una tarea un tanto pesada de asumir, ya que eso podría terminar por invalidar el derecho soberano de los Estados a expulsar de su territorio a extranjeros. El Tribunal de Estrasburgo retiene sobre todo un único riesgo de violación: el del artículo 3º del Convenio, según el cual se prohíben las penas y tratos inhumanos o degradantes y, a fortiori, los actos de tortura. Su jurisprudencia, abundante y rica en matices, en este marco, ha llevado a examinar las condiciones de protección de los derechos humanos en todo Estado hacia el cual un extranjero sea (o haya sido) expulsado